Gestión de la cartera de efectos. Definición y objetivos.

"Una de las áreas que precisa más gestión y control de una empresa, es la gestión de efectos"

Cartera de efectos Sage Murano permite un exhaustivo control y seguimiento de valores efectivos y pagos aplazados relacionados con deudores o acreedores. Integra los informes básicos de gestión de las previsiones reales de cobros y/o pagos, los flujos de caja o bancos, así como el registro de todas las transacciones efectuadas entre la empresa y su entorno financiero.


Características generales de la aplicación:
  • Efectos por cliente. Centro de información de todos los efectos relacionados con un cliente. Pendientes, remesados, vencidos, impagados, reclamados etc.. 
  • Efectos por proveedor. Centro de información de todos los efectos relacionados con el proveedor. Pagos pendientes, efectos vencidos, pendientes de pago, etc.. 
  • Todas las funcionalidades de gestión de los efectos (Remesar, cobrar, contabilizar, registrar impagados, etc.) se pueden realizar desde una misma pantalla, el gestor de efectos. 
  • Remesas de clientes: Banco al cobro, banco al descuento y por cobrador. 
  • Relación de pagos a proveedores y clientes para su entrega al banco. 
  • Emisión de talones para el pago a proveedores y clientes. 
  • Punteo manual de cobros y pagos. 
  • Cancelación de riesgos. 
  • Entrada de impagados. 
  • Cálculo de los gastos de remesas e impagados según condiciones de cada banco. 
  • Reclamación de efectos remesados al banco. 
  • Agrupación y división de efectos
  • Remesas a bancos mediante normas 19, 32, 58 del C.S.B para los cobros de clientes y Normas 34 y 68 para pagos tanto a proveedores como a clientes. 
  • Proceso de cancelación de riesgos manual o automático, en función de fecha de vencimiento o fecha final de riesgo. 
  • Entrada de impagados con anulación automática de comisiones liquidadas e impresión de cartas de reclamación al cliente. Control y gestión de gastos ocasionados por esta acción. 
  • Histórico de acciones realizadas en cada efecto de la cartera. Centro de información del efecto. 
  • Contabilización automática de todas las acciones realizadas. 
  • Informes de diferencias de saldo cartera-contabilidad. 

DEFINICIÓN Y OBJETIVOS DE LA CARTERA DE EFECTOS

Las cartera de efectos pretende gestionar y controlar los procesos de cobro y pago derivados de un proceso de compraventa.

En función del momento de pago, se puede distinguir entre:
  • pago al contado: El pago se efectúa en el momento de recibir los bienes o servicios comprados en un breve periodo de tiempo.
  • pago aplazado o a crédito: El pago se efectúa con posterioridad a la entrega. Dependiendo de la duración del aplazamiento, los créditos serán:
    • A corto plazo: Cuando el tiempo aplazado es como máximo un año.
    • A largo plazo: Cuando el tiempo aplazado es superior a un año.
FORMAS DE COBRO Y DE PAGO:

Modalidades de cobro o pago al contado:

  • Dinero en efectivo: (Recibo): Documento que emite la persona que cobra una cantidad y que entrega al que paga como justificante de que se ha recibido una determinada suma de dinero.
  • Recibo Normalizado: Se utiliza para los trámites de cobro cuando el pago se realiza a través de la domiciliación en una cuenta bancaria: los bancos y entidades de crédito gestionan su cobro.
  • Cheque o talón: Es un documento que contiene una orden de pago de una cantidad determinada de dinero dirigida a un banco o entidad de crédito donde el emisor del cheque tiene fondos disponibles. Hay varias formas de emitir un cheque:
    • Cheque al portador: Lleva inscrito esta indicación y se pagará a la persona que lo presenta al cobro.
    • Cheque nominativo: Se pagará a la persona que aparezca escrita como beneficiario.
    • Cheque a la orden: Se extiende para que pueda transmitirse por endoso (pueda ser transmitido a otra persona).
    • Cheque no a la orden: Este cheque no se puede transmitir por endoso (no puede transmitirse a otra persona).
    • Cheque cruzado: Está atravesado por dos lineas paralelas y diagonales que indican que sólo se puede cobrar mediante abono en la cuenta corriente del tomador (persona distinta de la persona que emite el cheque que transmite el cheque a otra persona).
    • Cheque conformado: Es aquel en que el banco manifiesta que todos los datos reseñados son conformes y garantiza que tiene fondos al bloquear en la cuenta corriente la cantidad que figura en el cheque.
    • Cheque bancario: Lo extiende el banco donde una persona tiene depositados fondos. El banco retira de la cuenta el dinero, cobra una comisión y garantiza el pago.
  • Cartas de pago: Las cartas de pago son un formato de cheque en la cual aparece una carta dirigida al proveedor o acreedor en la que se detallan los efectos a pagar y adjunto a la misma hoja el talón o cheque correspondiente.
  • Transferencia bancaria: La transferencia bancaria es la orden de un cliente a su entidad bancaria para que traslade una cantidad determinada de los fondos de su cuenta a otra cuenta de la misma o distinta entidad.
  • Tarjetas de crédito: Las tarjetas de crédito son un documento que permite a su titular adquirir bienes y servicios sin efectuar su pago inmediato.
  • Tarjetas comerciales: Son tarjetas emitidas por entidades (El Corte Ingles, Carrefour, Eroski, etc...) son gratuitas, tanto en su emisión como su renovación y mantenimiento. Únicamente pueden ser utilizadas en el establecimiento que las expiden.
Modalidades de cobro o pago aplazado o a crédito.
  • Giro bancario: El giro implica la presentación de letras de cambio en una entidad bancaria para la gestión de un cobro.
  • Letra de cambio: La letra de cambio es un documento expedido por una persona física o jurídica, llamado librador, ordenando a otra persona, denominada librado, que en la fecha indicada pague cierta cantidad de dinero a otra persona denominada tomador. Esta forma de pago depende de una aceptación o compromiso del librado de que la letra va a ser pagada. La letra de cambio tiene que extenderse en un papel timbrado, es decir, se paga un impuesto según la cuantía del importe de la letra.
  • Pagaré: El pagaré es un documento por el que se obliga a pagar al tenedor o a su orden una determinada cantidad en una fecha o lugar determinados. El pagaré se basa en una promesa de pago hecha por el firmante, que se obliga directamente.
Otras formas de cobro y pago:

Factoring:

El factoring es un producto financiero dirigido a aquellas empresas que venden a crédito a sus compradores.
Es un contrato mediante el cual una empresa vende su cartera de créditos a una entidad especializada (podría ser una entidad bancaria), que percibe una retribución por tal actividad.
Las lineas de crédito son contratos por los cuales una entidad financiera pone a disposición de un cliente que lo pide, una cantidad de dinero fijada por un limite, durante un tiempo determinado y a un coste establecido.
La linea de crédito se concede, normalmente por un plazo no superior a un año. Ello quiere decir que una vez ha finalizado el plazo el cliente ha de devolver en su totalidad, el crédito utilizado y cancelar la linea de crédito.
Las lineas de crédito en la práctica se convierten en préstamos a corto plazo. No obstante, aplicado también a la practica se suelen renovar e incluso ampliar.
El servicio de Factoring se materializa cuando la empresa vendedora cede sus créditos comerciales a la entidad especializada (puede ser una entidad bancaria) para que sean administradas y financiadas sus ventas tanto en el mercado nacional como en el extranjero.

Confirming:

Confirming es un sistema integral de pagos diseñado para proporcionar un conjunto de servicios administrativos y financieros a Empresas e instituciones y al conjunto de sus proveedores.
A través de confirming se evita que tenga de coincidir la fecha en la que el proveedor percibe el pago de sus ventas con el momento en que el cliente efectúa el correspondiente desembolso.
De esta forma. Confirming permite flexibilizar los flujos de entradas y salidas de fondos tanto al cliente como a sus proveedores, al margen de los acuerdos alcanzados en su operación de compra-venta.